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Empresas y estado de emergencia en Colombia: cuándo la urgencia no puede ser atajo

El Gobierno de Gustavo Petro propone recaudar 8 billones bajo estado de emergencia invernal; gremios exigen límites constitucionales, transparencia y auditorías independientes.

Publicado el 27 de febrero de 2026, 14:05 hs

El Ejecutivo de Gustavo Petro anunció medidas para recaudar 8 billones de pesos utilizando el estado de emergencia invernal; eso es, el Gobierno pretende instrumentar cambios fiscales y regulatorios en una ventana que la Constitución define como transitoria (Infobae, 25/2/2026). La disputa ha escalado hasta el Consejo Gremial Nacional, que calificó la maniobra de “peligro institucional” y pidió explicaciones sobre gastos que superen el presupuesto aprobado hasta 2026 (Infobae, 25/2/2026).

¿Qué propone el Gobierno y por qué genera rechazo?

La propuesta busca ingresos extraordinarios —8 billones según la cobertura periodística— y cambios en materia tributaria, ambiental y contractual para financiar respuestas climáticas y otros rubros (Infobae, 25/2/2026). Para el Consejo Gremial, emplear el estado de emergencia con fines estructurales viola el marco de excepcionalidad definido por el artículo 215 de la Constitución (Constitución Política de Colombia, art. 215). Además, el gremio advierte que la imposición de gravámenes sobre ingresos brutos y la alteración de contratos erosionan la previsibilidad regulatoria, un factor que, según la misma nota, ya alimenta señales de deterioro de confianza respecto al año anterior (Infobae, 25/2/2026). En suma: la queja no es solo fiscal, es institucional: cambiar reglas mediante decretos temporales reduce el debate democrático y aumenta el riesgo de captura normativa.

¿Es jurídicamente defendible usar la emergencia para reformas estructurales?

La Constitución marca límites claros: la emergencia debe habilitar acciones puntuales para atender la crisis sobrevenida (Constitución Política de Colombia, art. 215). Usar ese instrumento para reformas tributarias profundas equivale a darle al Ejecutivo prerrogativas que la separación de poderes busca evitar. Desde nuestra óptica, la discusión no es meramente formal. La experiencia muestra que las medidas que evaden deliberación generan consecuencias no intencionadas: incentivos para la captura del Estado, litigios contractuales y fuga de inversiones. El Consejo Gremial recuerda que la inversión reclama “reglas claras, previsibles y estables” (Infobae, 25/2/2026). No cuestionamos la necesidad de recursos ante crisis climáticas; cuestionamos el atajo institucional. Como advertía Hayek sobre la pretensión de conocimiento, la solución impuesta desde arriba suele ignorar la dispersión del conocimiento en el terreno.

¿Qué piden las empresas y qué deberíamos exigirles a los gobiernos?

Las empresas piden transparencia en los costos de la emergencia y garantías de seguridad jurídica (Infobae, 25/2/2026). Eso es lo mínimo razonable. Vemos necesario exigir: datos públicos completos sobre la estimación de gastos y su calendario; protocolos normados para distinguir medidas temporarias de reformas permanentes; y auditorías independientes que evalúen eficiencia y destino de los recursos. Estas exigencias no son corporativistas; son controles básicos contra la captura y el rent-seeking. Si el Gobierno necesita facultades excepcionales, debe acompañarlas de auditorías externas y plazos muy acotados, además de un compromiso de remisión al Congreso para cualquier cambio estructural.

Perspectiva de largo plazo: reglas, legitimidad y costos no visibles

Usar la emergencia como atajo redistributivo tiene un costo en el largo plazo: erosiona la legitimidad institucional y eleva la prima de riesgo político. El artículo menciona además que la situación del país se compara con más de 140 economías en ciertos indicadores de desempeño, lo que sugiere una posición relativa complicada (Infobae, 25/2/2026). Por eso la solución debe pensarse en plazos de décadas, no de meses: transparencia, protocolos públicos, auditorías y debate legislativo son las salvaguardas que evitan que una medida bien intencionada derive en captura del Estado y pérdida de inversión. No se trata de bloquear políticas climáticas o fiscales; se trata de diseñarlas respetando las instituciones y las consecuencias no intencionadas que suelen acompañar los atajos.

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