Comienza el juicio por el triple lesbicidio de Barracas a dos años del ataque
A dos años del incendio que mató a tres mujeres en Barracas, hoy inicia el juicio oral contra el único acusado; la causa discutirá el agravante por odio y la inédita querella de la FALGBT+.
A dos años del ataque incendiario en una pensión de Barracas ocurrido el 6 de mayo de 2024, hoy comienza el juicio oral contra Justo Fernando Barrientos, el único imputado por el incendio que terminó con la vida de Pamela Cobbas, Roxana Figueroa y Andrea Amarante, e hirió gravemente a Sofía Castro Riglos (Infobae, 18/5/2026). El debate fue fijado en seis audiencias y prevé la declaración de unos 20 testigos; la acusación pide prisión perpetua por homicidio agravado por odio hacia la orientación sexual de las víctimas (Infobae, 18/5/2026).
¿Por qué importa este juicio?
Porque no es sólo la resolución de una autoría: es la prueba de si el sistema penal puede reconocer la existencia de delitos motivados por el odio y sancionarlos con claridad. El caso reúne cifras incontrovertibles: tres muertes fatales y una sobreviviente gravemente quemada tras un ataque con una bomba tipo Molotov en la habitación donde estaban las cuatro mujeres (Infobae, 18/5/2026). Seis audiencias fueron ya fijadas por el tribunal —18 y 22 de mayo; 8, 10 y 29 de junio; y 1 de julio— y se esperan declaraciones de aproximadamente 20 testigos, entre vecinos, policías y peritos (Infobae, 18/5/2026). Dos años después del hecho (6/5/2024 vs. 18/5/2026) la sociedad exige no sólo condenas sino explicaciones: por qué se produjo ese odio convertido en violencia extrema y por qué las señales de riesgo no fueron neutralizadas.
¿Qué se discutirá en el tribunal?
El centro del debate será el agravante por odio por orientación sexual y el elemento de alevosía y ensañamiento que la fiscalía y las querellas intentan acreditar. Para sostenerlo, las querellas pondrán especial atención en los "elementos contextuales": testimonios que reconstruyan la relación previa entre el imputado y las víctimas, supuestos insultos y hostigamientos vinculados a estereotipos sobre su vida y proyecto (Infobae, 18/5/2026). Otra novedad procesal es la intervención de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT+) como querellante con facultad de acusar, un hito señalado por la organización y reconocido por la Cámara de Casación en diciembre de 2024 (Infobae, 18/5/2026). Si el tribunal acepta el agravante, el fallo no sólo afectará la pena individual —la acusación anticipa prisión perpetua— sino la manera en que el sistema penal conceptualiza y responde a la violencia hacia la diversidad sexual.
¿Qué significa para la comunidad y para las políticas públicas?
Las organizaciones que acompañan a las víctimas sostienen que reconocer estos hechos como crímenes de odio tiene efectos prácticos: permite diseñar políticas de prevención, reparación y protección especializada para poblaciones en riesgo, y obligaría al Estado a relevar y publicar datos sobre ataques semejantes. La FALGBT+ advierte que los crímenes de odio buscan disciplinar y sembrar miedo en colectivos enteros; por eso el veredicto tendrá impacto simbólico más allá de las penas individuales (Infobae, 18/5/2026). Si la justicia valida el agravante, se abre la puerta a medidas públicas concretas. Si no, el mensaje será el contrario: mayor impunidad y normalización de una violencia selectiva. La sociedad merece estadísticas claras y políticas que permitan medir si las medidas adoptadas reducen la violencia contra personas LGBT.
¿Qué exigimos como sociedad? Transparencia y control
No alcanza con la condena penal: exigimos transparencia. Pedimos la publicación de expedientes y la práctica de una auditoría independiente sobre la investigación y la instrucción, para evitar que decisiones clave queden a merced de opacidades institucionales. Hoy hay seis audiencias previstas y unos 20 testigos convocados; esos actos deben ser públicos y sus fundamentos debidamente registrados y accesibles (Infobae, 18/5/2026). Además, reclamamos debate parlamentario sobre protocolos de prevención y protección a personas en situación de riesgo por su orientación sexual, y la implementación de un registro nacional de incidentes por orientación sexual y/o identidad de género, con datos públicos. Sin esas condiciones, cualquier fallo ejemplar corre el riesgo de quedar en el mero gesto simbólico. La justicia debe ser verificada; la transparencia es la única vacuna contra la captura y el relato que beneficia a quienes administran el silencio.